En los últimos días, la tendencia de solicitar la revocatoria del mandato de autoridades ha ganado popularidad.

En Quito, se ha presentado una solicitud para destituir a Pavel Muñoz, alcalde de la capital. De manera similar, en la provincia de Napo, se ha formalizado una solicitud para la destitución de Ligia Caiza, alcaldesa de Arosemena Tola, presentada por el ciudadano Juan Orellana.

A continuación, te explicaremos qué implica una revocatoria del mandato.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA REVOCATORIA DEL MANDATO?

La revocatoria del mandato es un derecho ciudadano que solo puede ser solicitado por personas que votaron en la misma circunscripción donde fue elegida la autoridad. Cada ciudadano o sujeto político puede pedir formularios para recoger firmas y proponer la revocatoria una sola vez. Si más de una persona firma la solicitud, deben designar un procurador común.

¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS POR LOS QUE UNA AUTORIDAD PUEDE SER REVOCADA?

La Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece tres motivos para la revocatoria de una autoridad:

  1. Incumplimiento del plan de trabajo al que se comprometió la autoridad al ser electa.
  2. Incumplimiento de disposiciones legales relacionadas con la participación ciudadana, como limitar o impedir la participación en asambleas, cabildos, rendición de cuentas, etc.
  3. Incumplimiento de las funciones y obligaciones establecidas en la Constitución y en la ley correspondiente a la dignidad de elección popular.

¿CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR UNA REVOCATORIA DEL MANDATO?

La revocatoria del mandato puede solicitarse solo una vez cumplido el primer año y antes del último año del periodo de la autoridad. Este proceso se puede realizar una sola vez durante la gestión de la autoridad en cuestión. Por ejemplo, en 2015, podían solicitarse revocatorias para autoridades electas en febrero de 2013 y 2014, como presidente, vicepresidente, asambleístas, alcaldes, prefectos, concejales, y vocales de juntas parroquiales.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR UNA REVOCATORIA DEL MANDATO?

1) Presentar la solicitud de revocatoria en el formulario entregado por el CNE, ante el CNE o la Delegación Provincial Electoral DPE correspondiente, adjuntando

  • Copia de cédula de ciudadanía de el o los peticionarios;
  • Copia de papeleta de votación de el o los peticionarios;
    Estos documentos sirven para comprobar que la persona que solicita la revocatoria, votó en
    las elecciones y en la circunscripción de la autoridad cuestionada.

2)Argumentar los motivos por los cuales se propone la revocatoria de mandato, tomando en cuenta que si el motivo es incumplimiento de:

  • Plan de trabajo: se debe adjuntar pruebas de los aspectos del Plan que habrían sido incumplidos y se debe adjuntar el Plan de Trabajo de la autoridad cuestionada debidamente certificada por el CNE o sus delegaciones.
  • Disposiciones legales relativas a la participación ciudadana: se deben señalar la o las disposiciones legales relativas a la participación ciudadana que consideran violentadas y la descripción de las condiciones en las que se habría producido el
    incumplimiento o violación legal.
  • Funciones y obligaciones establecidas en la Constitución de la República y la ley correspondiente a cada una de las dignidades de elección popular y la descripción de las condiciones en las que se habría producido el incumplimiento.

El CNE o DPE notifica a la autoridad cuestionada que se ha presentado una solicitud para revocar su mandato, adjuntando una copia de la solicitud presentada.
La autoridad tiene 7 días para defenderse y presentar su impugnación, adjuntando comprobantes que prueben que los motivos por los que se pide su revocatoria son falsos, no proceden o están mal argumentados.

3) A partir de la recepción de la solicitud, el CNE tiene 15 días para resolver si la revocatoria procede o no:

El CNE verificará que los proponentes se encuentren en ejercicio de los derechos de participación; consten inscritos en el registro electoral de la circunscripción en la que se propone la revocatoria de mandato; que no se encuentren incursos en alguna de las causales de inhabilidad; y, que la motivación se refiera a las causales establecidas en la ley.
Si la revocatoria procede, se entrega a los peticionarios los formularios para la recolección de firmas.

4) A partir de la entrega de formularios, quien presentó la solicitud de revocatoria tiene los siguientes plazos para la recolección de firmas, según el número de los electores inscritos en el padrón de la circunscripción a la que pertenece la autoridad que se solicita sea revocada:

a. 180 días si la circunscripción tiene más de 300 001 electores;
b. 150 días si la circunscripción tiene entre 150 001 a 300 000 electores;
c. 120 días si la circunscripción tiene entre 50 001 a 150 000 electores;
d. 90 días si la circunscripción tiene entre 10 001 a 50 000 electores;
e. 60 días si la circunscripción tiene 10 000 o menos electores.

Presentar ante el CNE el porcentaje de las firmas de respaldo respectivo, proporcional al número de los electores inscritos en el padrón del último proceso electoral de la correspondiente circunscripción:

a. 25% del padrón electoral si la circunscripción tiene hasta 5000 electores.
b. 20% del padrón electoral si la circunscripción tiene de 5001 a 10 000 electores.
c. 17.5% del padrón electoral si la circunscripción tiene de 10 001 a 50 000 electores.
d. 15% de 50 001 a 150 000 electores.
e. 12.5% de 150 000 a 300 000 electores.
f. 10% más de 300 000 electores.

Leer También: Liberan a Yuliano Salazar, joven detenido por atropellar a dos delincuentes tras violento asalto en Guayaquil

5) En el plazo de 15 días el CNE verificará la autenticidad de las firmas requeridas.

6) La Dirección de Organizaciones Políticas y la Dirección Jurídica del CNE presentan el informe respectivo al Pleno del CNE para su resolución.

7) El Pleno del CNE tiene un plazo de 15 días para admitir o negar la solicitud y emitir la Resolución correspondiente

  • En el caso de que se acepte la solicitud, porque cumple con todos los requisitos antes mencionados, el CNE tiene 60 días para llevar a cabo el proceso de revocatoria de mandato en la circunscripción de la autoridad revocada.
  • Si la solicitud no se admite, la revocatoria del mandato no se realiza.


Fuente: Manual de Capacitación y Formación en Democracia




Un comentario en «Ola de Revocatorias: ¿Cuándo y cómo se puede solicitar la revocatoria de una autoridad electa?»

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *